Licencia SE CONFIERE LA OBRA (TAL COMO SE DEFINE A CONTINUACI?N) SEG?N LAS CONDICIONES DE ESTA LICENCIA P?BLICA DE CREATIVE COMMONS (?CCPL? O ?LICENCIA?). LA OBRA EST? PROTEGIDA POR LA LEGISLACI?N VIGENTE EN MATERIA DE DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS EN EL ECUADOR, Y/U OTRAS LEYES APLICABLES. SE PROH?BE TODO USO DE LA OBRA EXCEPTO EL AUTORIZADO SEG?N ESTA LICENCIA O LAS LEYES ANTES MENCIONADAS. AL EJERCER CUALQUIER DERECHO OTORGADO EN ESTA LICENCIA, EL LICENCIATARIO ACEPTA Y ACUERDA CUMPLIR LAS CONDICIONES DE LA MISMA. SI EN UNA INTERPRETACI?N M?S AMPLIA, ESTA LICENCIA PUDIERE CONSIDERARSE UN CONTRATO, EL LICENCIANTE LE OTORGA LOS DERECHOS EN ELLA CONTENIDOS TOMANDO EN CUENTA SU ACEPTACI?N DE DICHOS T?RMINOS Y CONDICIONES. 1. Definiciones ?Obra Derivada? Obras que revistan caracter?sticas de originalidad tales como: traducciones, res?menes y extractos; arreglos musicales y las dem?s transformaciones de una obra literaria o art?stica; grabaciones o ejecuciones e incluye adaptaciones cinematogr?ficas o cualquier otra forma en que la Obra pueda ser retransmitida, transformada o adaptada incluyendo cualquier forma reconociblemente derivada del original, excepto las obras que forman parte de una Colecci?n, las mismas que no ser?n consideradas Obras Derivadas para los prop?sitos de esta Licencia. Para evitar cualquier duda, en los casos en los cuales la Obra sea una obra musical, ejecuci?n o grabaci?n musical, la sincronizaci?n de la obra de una forma cronometrada con una imagen en movimiento (?sincronizaci?n?) ser? considerada una Obra Derivada para los prop?sitos de esta Licencia. ?Colecci?n? Es el conjunto de cosas por lo com?n de una misma clase o g?nero, el conjunto de obras literarias o art?sticas, tales como enciclopedias y antolog?as, o ejecuciones, grabaciones o transmisiones, u otras obras excepto las enumeradas en la Secci?n 1(g) siguiente, que, debido a la selecci?n y al arreglo de sus contenidos, sean consideradas creaciones intelectuales, en las cuales la Obra se incluye en su extensi?n completa en formato no modificado, junto con una o m?s contribuciones adicionales de otros tipos, y cada una de las cuales sea considerada una Obra por separado e independiente por s? sola, y que en su conjunto se consideren como una Colecci?n. Un trabajo que constituye una Colecci?n no ser? considerada una Obra Derivada (tal como se define anteriormente) para los prop?sitos de esta Licencia. ?Distribuci?n? Poner a disposici?n del p?blico, el original o copias de la Obra, mediante su venta, arrendamiento, pr?stamo p?blico o de cualquier otra forma conocida o por conocerse de transferencia de la propiedad, posesi?n o tenencia de dicho original o copia. ?Categor?a de Licencia? Significa las siguientes atribuciones de la Licencia tal como el Licenciante pueda seleccionar y se indiquen en el t?tulo de esta Licencia: Reconocimiento, No Comercial, Compartir por igual. ?Licenciante? Significa el individuo, los individuos, la entidad o las entidades, titular o titulares de los Derechos de Autor, que ofrecen la Obra seg?n las estipulaciones de esta Licencia. ?Autor? Es la persona natural que realiza la creaci?n intelectual. Para los efectos de esta Licencia el Autor tambi?n debe entenderse como el artista, int?rprete o ejecutante; el productor de un fonograma y el titular de radiodifusi?n en el sentido de los Derechos Conexos. ?Obra?Es toda creaci?n intelectual original, de naturaleza art?stica, cient?fica, o literaria, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma conocida o por conocerse. Para los efectos de esta Licencia ?Obra? tambi?n debe entenderse como una interpretaci?n o ejecuci?n, una emisi?n, un fonograma en el sentido de los Derechos Conexos de acuerdo con la Ley de Derechos de Autor, en la medida en que la interpretaci?n o ejecuci?n, la emisi?n o el fonograma est?n protegidos por la ley aplicable. ?Licenciatario? Persona natural o jur?dica que ejerce sus derechos seg?n esta Licencia y que no ha infringido previamente las condiciones de la misma con respecto a la Obra. O quien ha recibido un permiso expreso por parte del Licenciante para ejercer sus derechos seg?n esta Licencia, a pesar de dicho incumplimiento previo. ?Ejecuci?n P?blica? Son las exhibiciones p?blicas de la Obra o comunicaci?n al p?blico de aquellos relatos p?blicos, por cualquier medio o proceso, incluyendo la ejecuci?n digital p?blica o por medios conectados o inal?mbricos; es poner a disposici?n del p?blico las Obras de tal forma que los miembros del p?blico puedan acceder a estas obras desde un sitio y en un sitio que personalmente hayan seleccionado; es ejecutar la Obra ante el p?blico por cualquier medio o proceso y la comunicaci?n al p?blico de dichas ejecuciones de la Obra, incluyendo la ejecuci?n digital p?blica; difundir y volver a difundir la Obra por cualquier medio, sea se?ales, sonidos, im?genes u otro medio de difusi?n. ?Reproducci?n? Es la fijaci?n de la Obra en cualquier medio o por cualquier procedimiento, conocido o por conocerse, incluyendo su almacenamiento digital, temporal o definitivo, y la obtenci?n de copias de toda o parte de ella por cualquier medio incluyendo, entre otros, grabaciones de audio o visuales y el derecho de grabar y de reproducir grabaciones de la Obra, incluso el almacenamiento de una grabaci?n protegida o de una grabaci?n en formato digital u otro medio electr?nico. 2. Usos Honrados.- Ninguna estipulaci?n contenida en esta Licencia podr? ser interpretada como una disminuci?n, limitaci?n o restricci?n de los derechos derivados del uso honrado y otras limitaciones o excepciones a los Derechos de Autor bajo el r?gimen legal vigente o derivado de cualquier otra norma aplicable. 3. Concesi?n de la Licencia.- Sujeto a los t?rminos y a las condiciones de esta Licencia, el Licenciante otorga al Licenciatario una Licencia mundial, sin cobro de regal?as, no exclusiva e indefinida (depende del acuerdo de los contratantes de la Licencia), para ejercer los derechos de Licenciatario de la Obra, tal como se estipulan a continuaci?n: Reproducir la Obra, e incorporarla en una o m?s Colecciones, y a reproducir la Obra tal como se incorpora en las Colecciones; A crear y reproducir Obras Derivadas siempre y cuando dicha Obra Derivada, incluyendo cualquier traducci?n en cualquier medio, efect?e los pasos razonables para claramente colocar etiquetas, demarcar, o identificar de alguna otra manera los cambios que se realizaron en la Obra original. Por ejemplo, una traducci?n debe marcarse como ?El trabajo original fue traducido de ingl?s a espa?ol?, o una modificaci?n deber? indicar ?El trabajo original fue modificado?; A distribuir y ejecutar p?blicamente la Obra incluyendo aquella cuando se incorpora en Colecciones; y, A distribuir y ejecutar p?blicamente la Obra Derivada. Se podr?n ejercer dichos derechos en todos los formatos y medios, sean conocidos ahora o se conozcan en el futuro. Los derechos anteriores incluyen el derecho a realizar dichas modificaciones que sean t?cnicamente necesarias para ejercer los derechos en otros medios y formatos. Todos los derechos no cedidos expresamente por el Licenciante, quedan reservados, incluyendo, pero sin limitarse a, los establecidos en la secci?n 4(e). 4. Restricciones.- La Licencia otorgada en la Secci?n 3 se sujeta expresamente y se limita seg?n las siguientes restricciones: El Licenciatario podr? distribuir o ejecutar p?blicamente la Obra solamente seg?n las condiciones de esta Licencia. Deber? incluir una copia del Identificador de Recursos Uniforme (URI, por su sigla en ingl?s) para esta Licencia con cada copia de la Obra que el Licenciatario distribuya o ejecute p?blicamente. El Licenciatario no podr? ofrecer ni imponer ninguna condici?n en la Obra que pueda restringir los t?rminos de esta Licencia ni la capacidad de la parte que recibe la Obra para ejercer los derechos otorgados seg?n las condiciones de esta Licencia. No podr? otorgar sub-licencias de la Obra. Deber? mantener sin modificaciones todas las notificaciones que se refieren a esta Licencia y a los descargos de responsabilidades con cada copia de la Obra que el Licenciatario distribuya o ejecute p?blicamente. Cuando el Licenciatario distribuya o ejecute p?blicamente la Obra, el Licenciatario no podr? imponer ninguna medida tecnol?gica vigente en la Obra que pueda restringir la capacidad de la parte que recibe la Obra por parte del Licenciatario para ejercer los derechos otorgados al receptor, seg?n las condiciones de esta Licencia. Se aplica esta Secci?n 4(a) a la Obra tal como se incorpora en una Colecci?n, pero para esto no hace falta que la Colecci?n, aparte de la Obra en s?, est? sujeta a las condiciones de esta Licencia. Si el Licenciatario es Autor de una Colecci?n, cuando reciba la notificaci?n de cualquier Licenciante, el Licenciatario debe; en la medida en que sea pr?ctico, retirar de la Colecci?n cualquier cr?dito tal como se requiere de acuerdo con la Secci?n 4(d), seg?n se solicite. Si el Licenciatario crea una Obra Derivada, cuando reciba la notificaci?n de cualquier Licenciante, el Licenciatario debe; en la medida en que sea pr?ctico, retirar de la Obra Derivada cualquier cr?dito tal como se requiere de acuerdo a la Secci?n 4(d), seg?n se solicite. El Licenciatario puede distribuir o ejecutar p?blicamente una Obra Derivada solamente bajo los siguientes par?metros: (i) las condiciones de esta Licencia; (ii) una versi?n posterior de esta Licencia con los mismos elementos de Licencia que esta Licencia; (iii) la Licencia Creative Commons Unported u otra Licencia de jurisdicci?n de Creative Commons (sea por esta versi?n de Licencia o una posterior) que contenga los mismos elementos de Licencia que esta Licencia (por ejemplo, Atribuci?n - No Comercial ? Compartir Igual 3.0 US) (la ?Licencia Aplicable?). El Licenciante deber? incluir una copia del Identificador de Recursos Uniforme (URI, por su sigla en ingl?s) para esta Licencia, con cada copia de cada Obra Derivada que el Licenciatario distribuya o ejecute p?blicamente. El Licenciatario no podr? ofrecer ni imponer ninguna condici?n en la Obra Derivada que pueda restringir los t?rminos de la Licencia Aplicable ni la capacidad de la parte que recibe la Obra Derivada para ejercer los derechos otorgados al receptor seg?n las condiciones de la Licencia Aplicable. Deber? mantener sin modificaciones todas las notificaciones que se refieren a la Licencia Aplicable y a los descargos de las garant?as con cada copia de la Obra tal como se incluya en la Obra Derivada que el Licenciatario distribuya o ejecute p?blicamente. Cuando el Licenciatario distribuya o ejecute p?blicamente la Obra Derivada, el Licenciatario no podr? imponer ninguna medida tecnol?gica vigente en la Obra Derivada que pueda restringir la capacidad de la parte que recibe la Obra Derivada del Licenciatario para ejercer los derechos otorgados al receptor seg?n las condiciones de la Licencia Aplicable. Se aplica esta Secci?n 4(b) a la Obra Derivada tal como se incorpora en una Colecci?n, pero para esto no hace falta que la Colecci?n, aparte de la Obra Derivada en s?, est? sujeta a las condiciones de la Licencia Aplicable. El Licenciatario no podr? ejercer ning?n derecho otorgado a ?l en la Secci?n 3 en ninguna forma cuya intenci?n principal u objetivo sea la ventaja comercial ni la compensaci?n monetaria privada. No se considerar? que el intercambio de la Obra por cualquier otra Obra con Derechos de Autor al compartir archivos digitales tenga la intenci?n ni el objetivo de la ventaja comercial ni la compensaci?n monetaria privada, siempre y cuando no haya ninguna compensaci?n monetaria en relaci?n con el intercambio de las Obras protegidas por los Derechos de Autor. Si el Licenciatario distribuye o ejecuta p?blicamente la Obra o cualquier Obra Derivada o Colecci?n, el Licenciatario debe, excepto si se ha presentado una solicitud seg?n la Secci?n 4(a), mantener intactas todas las notificaciones de Derechos de Autor de la Obra e incluir, de forma razonable, dependiendo del medio o forma que el Licenciatario est? usando: (i) el nombre del Autor (o seud?nimo, si fuera aplicable) si fuera suministrado el nombre de dicha parte o partes, y/o si el Autor y/o el Licenciante designaran cualquier otra parte o partes (por ejemplo, un instituto auspiciante, una entidad de publicaci?n, una revista) para el reconocimiento (las ?Partes del Reconocimiento?) en la notificaci?n de Derechos de Autor o condiciones del servicio del Licenciante o por otros medios razonables; (ii) el t?tulo de la Obra si fuera suministrado; (iii) en la medida en que sea pr?ctico, el Identificador de Recursos Uniforme (URI), si lo hubiere, que el Licenciante especifique que est? asociado con la Obra; excepto si dicho URI no se refiere a la notificaci?n del Derecho de Autor ni a la informaci?n de Licencias para la Obra; y, (iv) en forma coherente con la Secci?n 3(b), en el caso de una Obra Derivada, un cr?dito que identifique el uso de la Obra en la Obra Derivada (por ejemplo, ?Traducci?n al franc?s del Trabajo por el Autor?, o ?Gui?n basado en el Trabajo original por el Autor?). Se podr? implementar el cr?dito requerido por esta Secci?n 4(d) en cualquier forma razonable; siempre y cuando, en el caso de una Obra Derivada o Colecci?n, por lo menos, aparezca dicho cr?dito, si aparece un cr?dito de todos los autores que contribuyeron a la Obra Derivada o a la Colecci?n, como una parte de estos cr?ditos y de una forma, por lo menos, tan destacada como los cr?ditos de los dem?s autores que contribuyeron. Para evitar toda duda, el Licenciatario solamente podr? usar el cr?dito requerido por esta Secci?n con el prop?sito de reconocimiento en la manera anteriormente descrita y, al ejercer sus derechos seg?n esta Licencia, el Licenciatario no podr? impl?cita ni t?citamente aseverar ni dar a entender ninguna conexi?n, auspicio ni respaldo por parte del Autor, Licenciante ni Partes del Reconocimiento, seg?n corresponda, otorgado al Licenciatario o a su uso de la Obra, sin el permiso independiente, expreso, previo y escrito del Autor, el Licenciante y/o las Partes del Reconocimiento. Para evitar todas las dudas, el Licenciante se reserva el derecho de recaudar regal?as, sea individualmente o en el caso en que el Licenciante sea miembro de una sociedad de recaudaciones que maneje esquemas de licencias voluntarias, mediante dicha sociedad, cuando el Licenciatario ejerza cualquier derecho otorgado seg?n esta Licencia. Los derechos concedidos en la Secci?n 3 se deben ejercer teniendo en cuenta los Derechos Morales del Autor para objetar cualquier alteraci?n, mutilaci?n o deformaci?n u otra acci?n despectiva en relaci?n al trabajo, que pudiera resultar perjudicial para el honor o reputaci?n del Autor o de su dignidad como tal en la medida que el Autor no puede renunciar a los Derechos Morales bajo las disposiciones legales aplicables. 5. Declaraciones, Exoneraci?n de Garant?a y Responsabilidad SALVO PACTO EN CONTRARIO DE AMBAS PARTES, QUE CONSTE POR ESCRITO, Y EN LA MAYOR EXTENSI?N DE LO PERMITIDO POR LAS LEYES VIGENTES, EL LICENCIANTE OFRECE LA OBRA EN SUS CONDICIONES ACTUALES. EL AUTOR GARANTIZA LA AUTOR?A Y ORIGINALIDAD DE LA OBRA, SIN EMBARGO NO CONFIERE NINGUNA GARANT?A SOBRE LA CALIDAD COMERCIAL DE LA OBRA O SU ADECUACI?N PARA UN PROP?SITO EN PARTICULAR. 6. Limitaci?n de Responsabilidad. SALVO QUE LA LEY APLICABLE LO EXIJA EXPRESAMENTE, EL LICENCIANTE EN NING?N CASO PODR? SER RESPONSABLE ANTE EL LICENCIATARIO POR NING?N DA?O ESPECIAL, INCIDENTAL, RESULTANTE, PUNITIVO NI EJEMPLAR QUE SURGIERA POR ESTA LICENCIA NI POR EL USO DE LA OBRA. 7. Terminaci?n Esta Licencia y los derechos otorgados por esta Licencia terminar?n autom?ticamente si el Licenciatario incumpliera cualquiera de las condiciones de esta Licencia. Sin embargo, si hay individuos o entidades que hayan recibido Obras Derivadas o Colecciones de parte del Licenciatario bajo esta Licencia, sus Licencias no terminar?n, siempre y cuando dichos individuos o entidades cumplan por completo las condiciones de esas Licencias. Las Secciones 1, 2, 5, 6, 7 y 8 se mantendr?n ante cualquier terminaci?n de esta Licencia. Sujeto a las condiciones y t?rminos antes mencionados, la Licencia otorgada aqu? se concede por el tiempo que dura la protecci?n de los Derechos de Autor de la Obra. No obstante lo anterior, el Licenciante se reserva el derecho de emitir o publicar esta Obra bajo los t?rminos de Licencias diferentes o a dejar de distribuir la Obra en cualquier momento; siempre y cuando dicha opci?n no cumpla el prop?sito de revocar esta Licencia (o cualquier otra Licencia adicional que haya sido, o que deba, ser otorgada seg?n las condiciones de esta Licencia) y la misma continuar? en plena vigencia y efecto, excepto si terminare seg?n las estipulaciones previas. 8. Asuntos diversos Cada vez que el Licenciatario distribuya o ejecute p?blicamente la Obra o una Colecci?n, el Licenciante ofrecer? al receptor una Licencia para la Obra en las mismas condiciones y t?rminos que la Licencia otorgada al Licenciatario seg?n esta Licencia. Cada vez que el Licenciatario distribuya o ejecute p?blicamente la Obra Derivada, el Licenciante ofrecer? al receptor una Licencia para la Obra original en las mismas condiciones y t?rminos que la Licencia otorgada al Licenciatario seg?n esta Licencia. Si cualquier estipulaci?n de esta Licencia no fuera v?lida ni exigible seg?n las leyes aplicables, este hecho no afectar? la validez o exigibilidad del resto de condiciones de esta Licencia, y sin que se requiera ninguna acci?n adicional de las partes de este acuerdo, se cambiar? dicha estipulaci?n en lo estrictamente necesario para que dicha estipulaci?n sea v?lida y exigible. No se considerar? que se ha renunciado a ninguna estipulaci?n ni condici?n de esta Licencia ni se considerar? que se ha aceptado ning?n incumplimiento excepto si dicha renuncia o consentimiento fuera por escrito y en ?ste constare la firma de las partes. Esta Licencia constituye el acuerdo completo entre las partes con respecto a la Obra, cuya Licencia se otorga mediante este documento. No hay acuerdos, puntos de compromiso ni declaraciones con respecto a la Obra que no est?n estipulados en el presente. El Licenciante no tendr? la obligaci?n de cumplir ninguna estipulaci?n adicional que podr? incluirse en cualquier comunicaci?n enviada por el Licenciatario. No se podr? modificar esta Licencia sin el consentimiento escrito del Licenciante y del Licenciatario. Notificaci?n de Creative Commons Creative Commons no es parte interesada de esta Licencia y no presenta ninguna garant?a de ning?n tipo en relaci?n con la Obra. Creative Commons no es responsable ante el Licenciatario ni ante terceros por ninguna teor?a legal de ning?n da?o de ning?n tipo, incluyendo, entre otros, cualquier da?o general, especial, incidental ni resultante que surgiera en relaci?n con esta Licencia. Sin perjuicio de lo mencionado en las l?neas precedentes, si Creative Commons se ha identificado expresamente como el Licenciante seg?n este documento, Creative Commons tendr? todos los derechos y obligaciones del Licenciante. Excepto para cumplir el prop?sito limitado de indicar al p?blico que la Obra cuenta con la Licencia seg?n el CCPL, Creative Commons no autoriza el uso por ninguna de las partes de la marca registrada ?Creative Commons? ni de ninguna marca registrada ni logotipo relacionados con Creative Commons, sin el consentimiento previo y por escrito de Creative Commons. Cualquier uso permitido deber? cumplir con las pautas de uso de marca registrada vigentes en ese momento de Creative Commons, seg?n se pueda publicar en su sitio Web o que pudiera estar disponible de alguna otra forma y de tiempo en tiempo. Para evitar toda duda, esta restricci?n de marca registrada no forma parte de esta Licencia. 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