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Título : Trabajo final: Ensayo de Reflexión
Autor: Quintero Bedon, Giovanna Stefanie
Tutor(es): Portaluppi Castro, Carolina
Correo electronico de Director, Asesor, Colaborador, Coordinador de Tesis: cportaluppi@casagrande.edu.ec
Palabras clave : TESIS DE MAESTRÍA;LEY ORGÁNICA;RIESGO DE DESASTRES
Ciudad: Guayaquil
Fecha de publicación : may-2024
Editorial: Universidad Casa Grande. Departamento de Posgrado
Citación : Quintero Bedon, Giovanna Stefanie. (2024). Trabajo final: Ensayo de Reflexión. Maestría en Administración Pública. Universidad Casa Grande. Departamento de Posgrado, Guayaquil. 8 p.
Codigo Interno : Tesis;4253
Resumen : La Ley Orgánica de Gestión Integral del Riesgo de Desastres (LOGIRD) tiene como antecedente principal la Constitución de la República del Ecuador (2008), que establecen la obligación del Estado de: "garantizar la protección de las personas, las colectividades y la naturaleza frente a los efectos de los desastres naturales y de origen humano" y crear un sistema nacional descentralizado de gestión de riesgos que planifique, coordine y ejecute las acciones de prevención, mitigación, preparación, atención, rehabilitación, reconstrucción y recuperación ante desastres" (Art. 389) y, que desarrolla el principio de descentralización subsidiaria, por el cual las instituciones serán responsables directas de gestionar los riesgos en su área geográfica y al no tener las suficientes capacidades, las instancias superiores brindarán su apoyo sin relevar su responsabilidad (Art. 390). Estos mandatos constitucionales sientan las bases para el desarrollo de una legislación específica que regule la gestión integral del riesgo de desastres y, a pesar de que el Ecuador fue el primer país en constitucionalizar la gestión integral del riesgo de desastres, fue uno de los últimos en tener una ley en la materia. Según la Constitución de la República del Ecuador (2008), las leyes orgánicas son aquellas que regulan la organización y funcionamiento de las instituciones del Estado, las que desarrollan derechos y garantías constitucionales, las que regulan la organización, competencias, facultades y funcionamiento de los gobiernos autónomos descentralizados, las relativas al régimen de partidos políticos y al sistema electoral (Art.133). La Ley Orgánica de Gestión Integral del Riesgo de Desastres cumple con los criterios antes mencionados al establecer el marco para la creación y funcionamiento del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión de Riesgos, institucionalidad del Estado, creada por la Constitución, encargada de coordinar las acciones de prevención, mitigación, respuesta y recuperación ante desastres. Además, define las competencias y responsabilidades de los distintos niveles de gobierno y de otras entidades públicas y privadas en materia de gestión de riesgos. También regula varios derechos y promueve medidas para proteger a la población y la naturaleza frente a los efectos de los desastres.
URI - Direccion electronica alterna: http://dspace.casagrande.edu.ec:8080/handle/ucasagrande/5021
Tipo: masterThesis
Paginas: 8 p.
Grado Academico: Maestría en Administración Pública
Aparece en las colecciones: Maestría en Administración Pública

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